Blog del proyecto "Molosos y Terriers", cuyo fin es la defensa, difusion y proteccion de las razas caninas mas condenadas por la sociedad.
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Esperamos que disfrutéis tanto como nosotros de este proyecto y que, cada día, podamos seguir aprendiendo mucho más de nuestros leales amigos caninos y sus nobles razas.
Un cordial saludo a todos y gracias de antemano.


UN POCO DE LEYES...

He encontrado en la red el Real Decreto sobre el regimen juridico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos, es decir, nuestros queridos PPP.

Me parecia interesante publicarlo, lo que sucede es que lo veo demasiado extenso para postearlo todo de una sola vez, asi que iremos poco a poco y empezaremos por los puntos que a mi me han parecido mas importantes a tener en cuenta, y aunque la ley lo mande asi,... sinceramente he de decir que muchas de estas cosas me parecen totalmente ilogicas, dentro de poco acabaremos votando y teniendo aqui tambien la dichosa BSL...

Bien, primero os pondre el punto que especifica la morfologia que segun la ley, ha de tener un perro para ser potencialmente peligroso:

ANEXO II

Los perros afectados por la presente disposición tienen todas o la mayoría de las características siguientes:

a) Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.

b) Marcado carácter y gran valor.

c) Pelo corto.

d) Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 cen tímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg.

e) Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
f) Cuello ancho, musculoso y corto.

g) Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.

h) Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.




Os parece este un perro potencialmente peligroso???

Este es Wolfito, nuestro cruce de braco, es una maravilla de perro, tranquilo, asustadizo con los extraños y mimoso como el que mas... pero segun la ley... cumple todas los puntos morfologicos para ser un PPP. ¿Es justo?






Y que dice el Real decreto que tenemos que cumplir los dueños de PPP o lo que debemos hacer con nuestros perros??? Pues... esto:


Artículo 8. Medidas de seguridad:

1. La presencia de animales potencialmente peligrosos en lugares o espacios públicos exigirá que la persona que los conduzca y controle lleve consigo la licencia administrativa a que se refiere el artículo 3 de este Real Decreto, así como certificación acreditativa de la inscripción del animal en el Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos.

2. Los animales de la especie canina potencialmente peligrosos, en lugares y espacios públicos, deberán llevar obligatoriamente bozal apropiado para la tipología racial de cada animal.

3. Igualmente los perros potencialmente peligrosos, en lugares y espacios públicos, deberán ser conducidos y controlados con cadena o correa no extensible de menos de 2 metros, sin que pueda llevarse más de uno de estos perros por persona.

4. Los animales potencialmente peligrosos, que se encuentran en una finca, casa de campo, chalet parcela, terraza, patio o cualquier otro lugar delimitado, habrán de estar atados, a no ser que se disponga de habitáculo con la superficie, altura y adecuado cerramiento, para proteger a las personas o animales que accedan o se acerquen a estos lugares.

5. Los criadores, adiestradores y comerciantes de animales potencialmente peligrosos habrán de disponer de instalaciones y medios adecuados para su tenencia.

6. La sustracción o pérdida del animal habrá de ser comunicada por su titular al responsable del Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas desde que tenga conocimiento de esos hechos.

Y ahora os pregunto yo... es justo esto???







Porque ellos tienen que sufrir esto cuando los culpables son otros?? Porque no destinan esta ley a gente que comete actos como estos:







En otra ocasion colgaremos otro post con mas sobre este decreto y la ley de tenencia de nuestros perros, para ampliar todo esto.

Informacion sobre el decreto extraida de: http://www.geocities.com/dogosargentinosrehalablanca/Entrada.htm

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